lunes, 17 de noviembre de 2014

El caso Tlataya, se convirtió en un atentado de Estado contra los Derechos Humanos. • Tardía la repuesta de la CNDH, a 4 meses fijó su postura

Las 22 víctimas ejecutadas por elementos del ejército, en la comunidad de Tlatlaya, que se ubica al sur estado de México el pasado 30 de junio de 2014, durante la madrugada, durante un operativo en el cual se realizaron detenciones de manera fast track, sin mediar ningún juicio.
Los   presuntos delincuentes fueron aprehendidos por militares  quienes luego de someterlos por el delito de crimen organizado, los ejecutaron en una bodega en los linderos con el estado de Guerrero. Hasta el momento se especula  que fueron movidos de un lugar a otro y los depositaron en la bodega para poder realizar un montaje.

Al parecer se trató de maquillar el caso diciendo que se debía a un enfrentamiento entre bandas contrarias, lo cual se manejó como  una ejecución de grupos rivales que se pretendió dejar en el olvido.

El gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila  ante los acontecimientos declaró  que los militares tuvieron una valiente defensa y acción habían rescatado a 3 personas secuestradas y abatió los delincuentes, esto lo declaró al día siguiente de los hechos.
Hechos que violaron el Pacto de San José, en cuya firma participó México; el primer deber como país miembro es:  Art. 1 “La Obligación de Respetar los derechos”.

José Miguel Vivanco, Director de la División de las Américas de la organización Human Right Wacht (HWR),  en el Programa de MVS Noticias que conduce Carmen Aristegui, declaró que es “sospechosa la descripción de los hechos relacionados con Tlatlaya presentados por la parte oficial del gobierno local y las fuerzas militares”. Reconoció el trabajo de Marck Stevenson de la Agencia Noticiosa AP quien a días del suceso de trasladó al sur del estado de México, para recopilar información de los hechos y poder dar su versión periodística de los acontecimientos ya que el gobierno del estado de México, únicamente emitió un boletín informativo.http://youtu.be/WJ4pFvyn5Qo

Vivanco lamentó que la CNDH a cargo de Raúl Plascencia Villanueva no haya emitido ninguna Recomendación al respecto, durante los primeros días de que se conocieron los hechos.
Raúl Plascencia a cuatro meses de que aparecieron 22 personas ejecutadas, en el mismo espacio noticioso de Aristegui, emitió la recomendación a la Sedena y le pide que sus elementos se abstengan de atentar en contra de las personas rendidas, así como no alterar las escenas de los hechos violentos, ya que la investigación realizada por el organismo respecto a Tlatlaya concluyó que 15 de los 22 civiles que se encontraban en la bodega fueron ejecutados por elementos del Ejército. http://es.scribd.com/doc/245829579/Comunicado-Sedena-Tlatlaya(Ver recomendación de la CNDH 51/2014)

Por lo que afirmamos que las víctimas de Tlatlaya no le fueron respetados sus Derechos Humanos como se señaló en un principio, ¿cuáles son esos derechos?
Los Derechos a los que nos referimos están estipulados en la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, también conocida como Pacto de San José, de la que se derivan los Derechos Civiles y Políticos, de los cuáles a los presuntos delincuentes no les fueron respetados los siguientes Derechos:
Artículo 4. Derecho a la Vida, 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
Artículo 5.  Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.  2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.  Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
Artículo 7.  Derecho a la Libertad Personal.  1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad  personal.  2. Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas.  3. Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.
Artículo 8.  Garantías Judiciales.  1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.  2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.  Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, de las siguientes garantías. 3. La confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza.
Artículo 24.  Igualdad ante la Ley.  Todas las personas son iguales ante la ley.  En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.
Artículo 25.  Protección Judicial.1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
2. Los Estados Partes se comprometen: a) a garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso;  b) a desarrollar las posibilidades de recurso judicial, y  c) a garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso.
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y el gobierno del Estado de México aceptaron la recomendación que realizó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por la matanza de 22 personas en un poblado de Tlatlaya, el pasado 30 de junio.
La Sedena indicó que aunque “no comparte algunos de los señalamientos contenidos en dicha recomendación, ha tomado la determinación de aceptarla por el especial interés de coadyuvar a esclarecer los hechos y en el caso de que algún militar haya incurrido en conductas contrarias a la ley
Hasta el momento gracias a las investigaciones se han sido encarcelados 7 miembros del ejército: Alan Fuentes Guadarrama, Julio César Guerrero Cruz, Roberto Acevedo López, Samuel Torres López, Ezequiel Rodríguez Martínez, Fernando Quintero Millán y Leobardo Hernández Leónides, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de Ejercicio Indebido de Servicio Público

jueves, 28 de marzo de 2013

desde la Semana Santa

Bienvenidos! vamos a reportear un rato

domingo, 28 de noviembre de 2010

EL CHIQUIDRACULA DA MELLO!

EL ARBITRO DEL FUTBOL MEXICANO CONOCIDO COMO CHIQUIMARCO, SACA LA PRIMERA TARJETA AMARILLA, SANCIONANDO A PICOLIN A LOS 7 MINUTOS DEL PUMAS MONTERREY.