Las
22 víctimas ejecutadas por elementos del ejército, en la comunidad de Tlatlaya,
que se ubica al sur estado de México el pasado 30 de junio de 2014, durante la
madrugada, durante un operativo en el cual se realizaron detenciones de manera fast track, sin mediar ningún juicio.
Los presuntos delincuentes fueron aprehendidos por
militares quienes luego de someterlos por
el delito de crimen organizado, los ejecutaron en una bodega en los linderos
con el estado de Guerrero. Hasta el momento se especula que fueron movidos de un lugar a otro y los
depositaron en la bodega para poder realizar un montaje.
Al
parecer se trató de maquillar el caso diciendo que se debía a un enfrentamiento
entre bandas contrarias, lo cual se manejó como una ejecución de grupos rivales que se
pretendió dejar en el olvido.
El
gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila ante los acontecimientos declaró que los militares tuvieron una valiente defensa
y acción habían rescatado a 3 personas secuestradas y abatió los delincuentes,
esto lo declaró al día siguiente de los hechos.
Hechos
que violaron el Pacto de San José, en cuya firma participó México; el primer
deber como país miembro es: Art. 1 “La Obligación
de Respetar los derechos”.
José
Miguel Vivanco, Director de la División de las Américas de la organización
Human Right Wacht (HWR), en el Programa
de MVS Noticias que conduce Carmen Aristegui, declaró que es “sospechosa la
descripción de los hechos relacionados con Tlatlaya presentados por la parte
oficial del gobierno local y las fuerzas militares”. Reconoció el trabajo de Marck
Stevenson de la Agencia Noticiosa AP quien a días del suceso de trasladó al sur
del estado de México, para recopilar información de los hechos y poder dar su
versión periodística de los acontecimientos ya que el gobierno del estado de
México, únicamente emitió un boletín informativo. http://youtu.be/WJ4pFvyn5Qo
Vivanco
lamentó que la CNDH a cargo de Raúl Plascencia Villanueva no haya emitido ninguna
Recomendación al respecto, durante los primeros días de que se conocieron los
hechos.
Raúl Plascencia a cuatro meses de que
aparecieron 22 personas ejecutadas, en el mismo espacio noticioso de Aristegui,
emitió la recomendación a la Sedena y le pide que sus elementos se abstengan de
atentar en contra de las personas rendidas, así como no alterar las escenas de
los hechos violentos, ya que la investigación realizada por el organismo
respecto a Tlatlaya concluyó que 15 de los 22 civiles que se encontraban en la
bodega fueron ejecutados por elementos del Ejército. http://es.scribd.com/doc/245829579/Comunicado-Sedena-Tlatlaya(Ver recomendación de la
CNDH 51/2014)
Por
lo que afirmamos que las víctimas de Tlatlaya no le fueron respetados sus
Derechos Humanos como se señaló en un principio, ¿cuáles son esos derechos?
Los
Derechos a los que nos referimos están estipulados en la CONVENCION AMERICANA SOBRE
DERECHOS HUMANOS, también conocida como Pacto de San José, de la que se derivan
los Derechos Civiles y Políticos, de los cuáles a los presuntos delincuentes no
les fueron respetados los siguientes Derechos:
Artículo
4. Derecho a la Vida, 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su
vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir
del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida
arbitrariamente.
Artículo 5. Toda persona tiene
derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. 2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o
tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad
será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
Artículo
7. Derecho a la Libertad Personal. 1. Toda persona tiene derecho a la
libertad y a la seguridad personal. 2.
Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las
condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados
Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas. 3. Nadie puede ser
sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.
Artículo
8. Garantías Judiciales. 1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas
garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente,
independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la
sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la
determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o
de cualquier otro carácter. 2. Toda persona inculpada de delito tiene
derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su
culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena
igualdad, de las siguientes garantías. 3. La confesión del inculpado
solamente es válida si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza.
Artículo
24. Igualdad ante la Ley. Todas las personas son iguales ante la ley. En
consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.
Artículo
25. Protección Judicial.1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a
cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que
la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la
Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea
cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
2.
Los Estados Partes se comprometen: a) a garantizar que la autoridad
competente prevista por el sistema legal del Estado decidirá sobre los derechos
de toda persona que interponga tal recurso; b) a desarrollar las
posibilidades de recurso judicial, y c) a garantizar el cumplimiento, por
las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado
procedente el recurso.
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y el gobierno del
Estado de México aceptaron la recomendación que realizó la Comisión Nacional de
Derechos Humanos (CNDH) por la matanza de 22 personas en un poblado de
Tlatlaya, el pasado 30 de junio.
La Sedena indicó que aunque “no comparte algunos de los
señalamientos contenidos en dicha recomendación, ha tomado la determinación de
aceptarla por el especial interés de coadyuvar a esclarecer los hechos y en el
caso de que algún militar haya incurrido en conductas contrarias a la ley
Hasta
el momento gracias a las investigaciones se han sido encarcelados 7 miembros
del ejército: Alan Fuentes Guadarrama, Julio César Guerrero Cruz, Roberto
Acevedo López, Samuel Torres López, Ezequiel Rodríguez Martínez, Fernando
Quintero Millán y Leobardo Hernández Leónides, por su probable responsabilidad
en la comisión del delito de Ejercicio Indebido de Servicio Público